viernes, 11 de diciembre de 2009

¿Qué es una "comunidad nacional"?

Nuestra Constitución, para intentar atender, al menos momentáneamente, las exigencias nacionalistas, introduce en su artículo 2 el término `nacionalidad´. En aquel momento la palabra levantó una gran polémica y un hombre tan poco sospechoso como Julián Marías se opuso a ella con claros argumentos, el más importante, la impropiedad del término. Los nacionalistas aducían como antecedente la obra `Las nacionalidades´ de Pi y Maragall, pero Marías demostró que en este libro (citado, pero no leído como suele ocurrir en los debates políticos) la palabra no es usada en el sentido en que se le quiere dar en la Constitución. Más de dos décadas después, esta ambigüedad sigue viva; ambigüedad, al menos, en dos sentidos:

1- En su contenido: qué es, en qué se diferencia una nacionalidad de una nación. El artículo citado distingue, además entre nacionalidades y regiones. ¿Dónde radica la diferencia?

2- Es un término ambiguo en cuanto a su aplicabilidad. ¿A qué regiones aplicamos el calificativo? ¿Cuáles son las `nacionalidades´ españolas? Por lo visto, todas las autonomías quieren para sí ese trato. Si seguimos en un proceso de descentralización y asunción de competencias, llegará un momento en que todas las comunidades autónomas sean nacionalidades. Entonces, ¿de qué nos sirve el tan denostado término `región´ en nuestra Carta Magna? No nos sirve. En España no existen regiones. Esto es una realidad no sólo en la terminología política, sino en el habla cotidiana, donde la palabra se ha convertido casi en un tabú. Todo esto nos lleva a que el término no cumple una de las funciones principales del lenguaje jurídico-político: la precisión para establecer unas normas de juego claras.

En el reformado Estatuto de la comunidad autónoma andaluza, para aclarar estas brumas, para sacarnos de lo que parece un laberinto jurídico-político sin salida, aparece sobre el escenario un nuevo tecnicismo hasta ahora inédito: `comunidad nacional´. Se supone que este concepto viene a indicar un grado mayor de identidad nacional (por llamarla de alguna manera) que la `nacionalidad´ y menor que la `nación´. Es un paso más en una escala gradual. El problema -me parece- reside en plantear como gradual un concepto que unívocamente es o no es. Una comunidad humana es una nación (constituye una unidad en torno a un Estado soberano) o no lo es. Otra cosa es que algunos (los nacionalistas de todos los partidos) tengan la legítima aspiración a que en su comunidad se constituya en una nación. Por eso es un desideratum, no una realidad política que tenga que ser recogida en la Constitución.

Volvemos a las preguntas iniciales. ¿Qué es nacionalidad? 27 años no han sido suficientes para aclararlos. ¿Qué es comunidad nacional? Me temo que seguiremos en la incertidumbre. Y por mucho tiempo

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